El Senado de la República aprobó ayer en primera discusión el proyecto que busca reformar la Ley 590-16 de la Policía Nacional.
Tras siete meses de espera, los senadores reactivaron los trabajos de manera repentina, precisamente seis días después de que un joven de tan solo 18 años de edad fuese ultimado a quemarropa por un agente policial.
Uno de los aspectos principales que contiene la pieza votada por los senadores es el establecimiento de los procedimientos que deberán agotar los patrulleros cuando deban inspeccionar a la ciudadanía.
Mecanismos magnéticos, radiológicos, electrónicos (como detectores de metales) o la ayuda de animales adiestrados son algunas de las herramientas que deberán disponer para “minimizar la invasión a la esfera íntima que supone el contacto físico” con los requisados.
La iniciativa destaca la potestad que tienen los policías de registrar, en “su misión preventiva”, a las personas, sus accesorios que poseen o los medios de transporte. No obstante, aclara que deben respetar “los derechos y la dignidad humana”.
Cámara obligatoria
La intención de la iniciativa es que los agentes tengan la obligación de realizar las inspecciones “siempre” con la cámara corporal de la institución policial debidamente encendida.
De lo contrario, podrían ser sancionados con el descuento de entre 15 y 60 días de salario, ya que su omisión es considerada como una falta grave.
Además, garantiza que el ciudadano registrado podrá grabar en todo momento, “cuando así lo desee”, el procedimiento al que es sometido.
Según las indicaciones del documento legislativo, los policías deberán circunscribirse a una exploración externa, superficial y momentánea de la indumentaria y los bienes que la persona porta. Esto tendrá que ser desarrollado por un personal de seguridad del mismo sexo.
“Queda estrictamente prohibido que el policía realice tocamientos en zonas erógenas o exija que el ciudadano se desnude”, indica la pieza.
Sin discriminación
Asimismo, la propuesta legislativa precisa que “ningún registro” podría basarse en “estereotipos, prejuicios o perfiles delictivos fundados en la raza, el origen étnico, la apariencia, o la identidad de género del ciudadano”.
La acción policial estará permitida en las vías, espacios públicos, establecimientos comerciales “o de otra naturaleza abiertos al público”.
¿Por qué y cuando debe haber una requisa?
El documento, depositado por el Poder Ejecutivo el pasado 8 de diciembre, indica que la intención de los agentes consistirá en la identificación de armas, municiones, explosivos, elementos cortantes, punzantes, contundentes o sus combinaciones.
Además, precisar que el ciudadano no tenga en su poder un bien robado o extraviado, así como “verificar que sea el propietario de un bien que posee”.
Asimismo, descartar la posesión de drogas o sustancias prohibidas y prevenir la comisión de un hecho punible o un comportamiento contrario a la convivencia que pueda afectar a las personas del entorno.
Por último, para asegurar la seguridad de los asistentes a una actividad o la identidad de una persona que desea ingresar a un lugar.
Supervisión
La iniciativa indica que estas acciones policiales deberán ser planificadas por el comandante o supervisor cuando se realicen en horario diurno.
Sin embargo, “cuando se realice en horas nocturnas”, deberá ser reportado antes y después de su práctica ante el supervisor o central de radio, dejando la trazabilidad del procedimiento policial.
Los comandantes de departamento, estación de policía y supervisores deberán verificar que los agentes dispongan “todos los elementos del cinturón multipropósito para el servicio”.
Este proyecto de ley será conocido, en segunda discusión, este viernes por el órgano legislativo. En caso de ser aprobado, deberá ser sometido al mismo procedimiento legislativo en la Cámara de Diputados, antes de ser enviado a las manos del presidente Luis Abinader.
