El invitado y ex presidente del Colegio de Abogados, José Fernando Pérez Volquez, expresó lo siguiente:
“El Estado dominicano y el sistema de justicia, especialmente a través del Ministerio Público, tienen el derecho y el deber de perseguir penalmente a cualquier ciudadano que cometa un delito. Esta persecución se realiza por medio de una figura legal denominada fiscal, o representante del Ministerio Público, amparado en lo que disponen la Constitución de la República y los artículos 149, 189 y 88 del Código Procesal Penal, entre otros.
Cuando se inicia un proceso penal, el juez evalúa las pruebas aportadas y determina si hay mérito suficiente para declarar culpable o no al imputado. En caso de ser hallado culpable, el acusado tiene pleno derecho a apelar dicha decisión, conforme a lo establecido en los artículos 393 y 417 del Código Procesal Penal, así como en los tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que protegen el derecho al debido proceso y la doble instancia.
Además, si la sentencia es confirmada por la corte de apelación, el condenado aún puede acudir a la Suprema Corte de Justicia para presentar un recurso de casación. Y si esta también confirma la sentencia, todavía tiene la opción de recurrir al Tribunal Constitucional si entiende que se han vulnerado derechos fundamentales. Solo después de agotar todas estas instancias se considera que la sentencia es definitiva y que la culpabilidad del individuo queda firmemente establecida.”
