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¿Necesita el turista andar con el formulario I-94 durante su estadía en EEUU?

La política migratoria que implementa el Gobierno de Donald Trump nada tiene que ver con los turistas que entran legalmente, sin embargo, hay quienes  recomiendan imprimir el formulario I-94, que es de Registro de Entrada y Salida a los Estados Unidos.  

La tecnología ha hecho que los registros se tengan de forma electrónica, ya no lo entregan físicamente, pero saber el tiempo que le autorizan de permanencia es más fácil de lo que imaginaba.

Si usted es viajeros frecuente con visa de no inmigrantes (B1/B2), y quiere saber el tiempo que puede permanecer en ese territorio, o su historial de visitas, solo tiene que imprimir el I-94. Este es el enlace https://www.cbp.gov/travel/international-visitors/i-94

Al consultar al experto en asuntos migratorios, Roque Leonel Rodríguez, dijo que el I-94 ya no lo ponen en el pasaporte, pero que ahí está el registro de las entradas y salidas a Estados Unidos, el que guste lo puede imprimir y portarlo.

En el caso de los turistas, su recomendación es que anden con una copia de su pasaporte, no con el original para evitar pérdidas.

“Yo le recomiendo a las personas que son turistas, andar con una copia de su pasaporte y si quieren imprimir el I-94, que lo hagan, pero que no anden con su pasaporte físico en la calle. Se le puede perder”, expresó.

A los que entraron legalmente y están pendientes de ajustes de estatus, si les recomienda imprimir el I-94, que es el que demuestra la entrada legal.

“Ese es el documento que se utiliza para hacer el ajuste de estatus, que entraste legal. Eso es cambiar de visa de turista a residente”.

¿Quiénes necesitan el formulario I-94?

El Servicio de Migración de Estados Unidos tiene las siguientes explicaciones en torno a este documento, que a continuación reproducimos.

Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, Información para Completar Formularios de USCIS

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) expide el Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, a los extranjeros que:

Son admitidos a EE.UU.;

Ajustan su estatus mientras está en EE. UU., o extienden su estadía.

Todas las personas necesitan un Formulario I-94, excepto los ciudadanos estadounidenses, residentes extranjeros que regresan, extranjeros con visas de inmigrante, y la mayoría de los ciudadanos canadienses que están de visita o en tránsito. A los visitantes por vía aérea o marítima se les expedirá un Formulario I-94 durante el proceso de admisión en un puerto de entrada.

Un oficial de el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) adjunta el Formulario I-94 al pasaporte del visitante no inmigrante al ingresar a EE. UU. El visitante debe salir de EE.UU. en o antes de la fecha de salida sellada en el Formulario I-94. Esta es la fecha que se indica en “Admit Until Date” (“Admítase hasta la Fecha de” en el Formulario I-94 electrónico. El número del Formulario I-94 también se conoce como Número de Salida o Número de Registro de Admisión.

A partir del 30 de abril de 2013, la mayoría de los registros de entrada/salida son creados de forma electrónica cuando el visitante llegue.

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