Luego de que el presidente de la Comisión para la Libertad de Expresión (CCLEX) del Poder Ejecutivo (PE), Namphi Rodríguez, propusiera eliminar del proyecto de reforma a la Ley 61-32 el apartado que busca regular a las redes sociales, los representantes del Congreso Nacional iniciaron una nueva fase de discusión.
Precisamente porque algunos integrantes de la comisión gubernamental tienen una posición diferente con relación a lo que debería establecer la norma sobre las plataformas digitales.
Mientras el jurista Rodríguez entiende oportuno posponer este diálogo para garantizar un mayor consenso en la población, el presidente del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), Aurelio Henríquez; y el abogado Eric Raful, todos miembros de la comisión ejecutiva; aseguran que es necesario aprobar un nuevo marco legislativo, el cual contenga la reglamentación de los medios digitales.
Así se pudo evidenciar este miércoles en la reunión de la comisión especial del Senado de la República encargada de estudiar el proyecto de ley elaborado por los expertos honoríficos del Gobierno, donde Henríquez y Raful dijeron que favorecen mantener la reglamentación de la comunicación digital.
“Estoy de acuerdo con que se mantenga. Yo creo que el Congreso debe mantener este tipo de controles. La parte de las plataformas digitales tiene una garantía extraordinaria. Los usuarios que hacemos (contenido) para Youtube y Facebook, X… este derecho está contenido ahí”, dijo Henríquez.
En tanto, Raful dijo que la sugerencia de eliminar las normativas de las redes sociales “no es conveniente. Lo conveniente es que se mantenga integrada (en el proyecto de ley)”.
No obstante, el resultado de esta decisión recaerá en los miembros de la comisión especial legislativa, presidida por la senadora Aracelis Villanueva; quienes tendrán que presentar el proyecto final ante los senadores para someterlo a votación.
Durante el encuentro con los congresistas, Rodríguez reiteró su opinión sobre la posibilidad que tiene República Dominicana de acoger un “modelo de regulación por separado”, dejando a un lado el esquema “convergente”, para asegurar el respaldo de la sociedad.
Modificaciones recomendadas
Además, la comisión del PE entregó a los legisladores un glosario en el cual explican y aclaran la definición de los diferentes términos utilizados en la pieza que se refieren a las redes sociales.
“La libertad de expresión no es solo un derecho de periodistas, es universal, un derecho fundamental. Todo el que tenga que decir, (que lo haga) y enriquezca el proyecto”, indicó Rodríguez, junto a los demás idearios de la propuesta de ley.
Los redactores y congresistas conversaron sobre la importancia de declarar el internet como un derecho, “la neutralidad de la red, ya que este debe ser un derecho accesible, en igualdad de condiciones, para los ciudadanos, sin discriminación”. Al igual que lo relacionado con la composición del Instituto Nacional de Comunicaciones (INACOM), entidad que crearía esta ley, si fuese aprobada, para sustituir a la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR).
Vistas Públicas
Desde que el Senado recibió el proyecto de ley, el pasado 2 de mayo, influenciadores y creadores de contenido en las plataformas digitales han cuestionado si es “constitucional” esta normativa.
Es por esta razón que la senadora Villanueva adelantó que la comisión legislativa recibirá a cualquier ciudadano para escuchar sus preocupaciones.
“Para que esos sectores nos especifiquen en que punto del proyecto (existe un artículo que contenga aspectos) inconstitucionales, para nosotros estudiarlo”, afirmó.
Asimismo, adelantó que están en disposición de convocar a un proceso de vistas públicas en caso de ser necesario.
¿Por qué regular la libertad de expresión?
“El proyecto es garantista de la libertad de expresión. Como es un derecho fundamental, la Constitución establece que se regula mediante ley por tanto, el concepto regular está en la Carta Magna”, explicó el senador Félix Bautista.
Bautista emitió estas declaraciones en respuesta a quienes temen por visualizar en la reforma de la libertad de expresión la palabra “regular”, aclarando que los derechos fundamentales, sin importar su naturaleza, deben ser incluidos en los marcos legislativos.
“Así como se regula el derecho a la educación, el derecho a la salud, que son derecho fundamentales, se está regulando también el derecho a la libre expresión y difusión del pensamiento”, resaltó.
Diferencia entre leyes
De acuerdo con el artículo 112 de la norma suprema, los derechos fundamentales; la estructura y organización de los poderes públicos; la función pública; el régimen electoral; el régimen económico y financiero; el presupuesto, planificación e inversión pública; la organización territorial; los procedimientos constitucionales; la seguridad y defensa; las materias expresamente referidas por la Constitución y otras de igual naturaleza son los que deben ser “regulados por las leyes orgánicas”.
Este tipo de proyectos requieren el voto favorable de las dos terceras partes de los legisladores presentes en ambas cámaras del Congreso Nacional.
Mientras que las leyes ordinarias “son aquellas que por su naturaleza requieren para su aprobación la mayoría absoluta de los votos de los presentes de cada cámara”.