El uso de la inteligencia artificial (IA) en la justicia plantea consecuencias positivas y negativas que deben ser analizadas con equilibrio. La IA judicial no puede ser empleada como sustituto del razonamiento ni de la argumentación propia del juez, ya que las decisiones deben producirse caso por caso, tras la debida comprobación de los planos fáctico, axiológico y jurídico aplicables a cada resolución. En consecuencia, entendemos factible únicamente un uso limitado de la IA judicial, como herramienta de apoyo y no como reemplazo del juez.
La mesa de trabajo núm. 4 de la XXI Cumbre Judicial Iberoamericana, dedicada al tema de la “carrera judicial independiente y eficaz”, produjo valiosos documentos de reflexión. Entre ellos, uno abordó el impacto tecnológico en la función jurisdiccional, donde se discutió la pertinencia de aplicar la inteligencia artificial en los poderes judiciales de Iberoamérica.
Este documento reconoce que la IA se ha expandido de forma acelerada en múltiples ámbitos de la vida cotidiana: sistemas financieros, procesos empresariales, servicios de salud, educación y, naturalmente, en la administración de justicia. En este sentido, no pueden desconocerse las ventajas que la tecnología ofrece en materia judicial. La agilización de los procesos constituye uno de los principales beneficios, junto con la optimización de procedimientos, el manejo eficiente de la información y la capacidad de procesar grandes volúmenes de datos relevantes para la resolución de casos.
Sin embargo, la Licda. Surelis Made enfatiza que la tecnología no puede desplazar la labor interpretativa del juez, ya que la justicia no se limita a un resultado técnico, sino que debe estar acompañada de un razonamiento humano fundamentado en principios éticos, jurídicos y sociales. La IA, en consecuencia, debe concebirse como un recurso de apoyo que facilite el trabajo judicial, pero siempre bajo la supervisión y criterio final del juez.
